Nueva regulación de Inspección Técnica de Vehículos (ITV)

07 septiembre 2018

Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, "por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)".
 
Este Real Decreto establece los requisitos mínimos del régimen de inspecciones técnicas de los vehículos que se pongan en circulación por la vía pública. Asimismo, determina los requisitos y obligaciones mínimas que deben cumplir las "Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos o ITV".
  
¿Cuándo se aplicará el RD 920/2017?
El R.D. entró en vigor el pasado 20 de mayo de 2018, si bien, las estaciones ITV que hasta la fecha de entrada en vigor no cumplan con todos los requisitos (equipos, acreditación por ENAC, etc.), dispondrán de un (1) año para actualizarse y ponerse al día.

¿Cuáles son los  principales cambios y novedades que afectan al usuario?

SERÁ CONDICIÓN NECESARIA, LA PRESENTACIÓN DEL "SEGURO OBLIGATORIO DEL VEHÍCULO", ANTES DE CUALQUIER INSPECCIÓN TÉCNICA DEL VEHÍCULO. 

Si no se acredita que el vehículo dispone del preceptivo seguro obligatorio, ni siquiera se realizará la inspección periódica.


En relación a las 2ª inspecciones, en caso de que esta sea favorable, el R.D. exige que en el informe de esta segunda inspección favorable figure el NIF o Razón Social del taller que ha efectuado la reparación o bien se anotará “Auto-reparación”.

Otra novedad, es qué ocurrirá si pasamos la inspección antes de que nos toque. Hasta ahora, los plazos corrían a partir de la fecha en la que pasábamos la inspección, si nos adelantábamos, perdíamos días de validez de la inspección.

Con este nuevo RD 920/2017, si la inspección la pasamos dentro de los 30 días previos a la fecha de caducidad de la anterior inspección, no perderemos días, y la próxima corresponderá al periodo partiendo de la fecha de la anterior inspección.

En los tractores de ruedas agrícolas y forestales, con una velocidad mayor de 40 km/h, pasan de estar exentos hasta los 8 años desde su primera matriculación a 4 años, desde su primera matriculación.


Como novedades en los métodos de inspección y de categorización de defectos en el apartado de dispositivos de frenado, para los Vehículos pesados con sistema de frenos neumáticos, ahora se exigirá que la reserva de presión sea capaz de proporcionar al menos cuatro (4) frenadas consecutivas una vez se pone en marcha el dispositivo de aviso (hasta ahora sólo se exigían dos frenadas consecutivas). Si no alcanza dos frenadas consecutivas será Defecto Muy Grave.

En Vehículos con frenos hidráulicos las pérdidas de fluido por los tubos flexibles o por las conexiones serán siempre Defecto Muy Grave.

En el sistema de frenado de Vehículos de categoría L (Ciclomotores y Motocicletas, así como los vehículos todo terreno (Quads) y otros vehículos de poca cilindrada de tres o cuatro ruedas), además de la eficacia cuando se accionan ambos frenos juntos se deberá comprobar que la del freno trasero solo es mayor del 25% de la masa total del vehículo.

Respecto a la eficacia requerida para el freno de estacionamiento, aparecen nuevos Defectos Muy Graves en caso de que no se alcance el 50% de los valores exigidos. Hasta ahora sólo era Defecto Grave.

5 años de Certificados Energéticos

01 junio 2018

Hoy se cumplen 5 años!!, desde la entrada ya en vigor del Real Decreto Ley 235/2013 sobre Certificación de Eficiencia Energética de Edificios Existentes.
Por este motivo, el equipo Blog Ingeniería Costa Tropical - Grupo de Ingenieros Técnicos 👷‍👷‍ :
Somos competentes en su Redacción y Firma
💡Importante!! 
Se recuerda, que todo Edificio o parte del mismo, Local o Vivienda que se Publicite/Oferte para Compra/Venta y Alquiler debe de disponer por ley de un Certificado Energético:

🚘Zonas de actuación: Granada Provincia, Almería Costa, y Málaga Costa:
Granada...
GRANADA, Loja, Santa Fé, Pinos Puente, Atarfe, Peligros, Guadix, Baza, Las Gabias, la Zubia, Otura, Dílar, Padul, Dúrcal, Albuñuelas, Lanjarón, Orgiva, Alpujarra Granadina, Vélez Benaudalla...
...Málaga-Costa Tropical-Almeria...




MALAGA, Rincón de la Victoria, Benajarafe, Almayate, Torre del Mar, Algarrobo, Algarrobo-Costa, Velez-Málaga, Lagos, El Morche, Torrox, Torrox-Costa, Nerja...
COSTA TROPICAL, La Herradura, Almuñecar, Salobreña, MOTRIL, Torrenueva, Carchuna, Calahonda, Castell de Ferro, Albuñol... 
ALMERIA, Adra, La Curva, Balanegra, Balerna, Matagorda, Almerimar, El Ejido, La Mojonera, Vícar, Roquetas de Mar, Las Cabañuelas, El Parador de Hortichuelas, Aguadulce...
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Realizamos 📋 dos tipos de Certificados Obligatorios de Eficiencia Energética (CEE):

A) Certificados Energéticos para Edificios/Locales/Viviendas 🏡 🏢 🏪 en Venta/Alquiler, según R.D. Ley 235/2013 (https://goo.gl/mtN9K7), por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

A) Certificado Energético Andaluz para Contratación de Suministro Eléctrico 💡, exigido por la compañía eléctrica, según Decreto 169/2011 (https://goo.gl/9EzGwM) por el que se aprueba el Reglamento de Fomento de las Energías Renovables y la eficiencia Energética en Andalucía.

Nuestro servicio incluye:
VISITA AL INMUEBLE 🚙 🛵 + INFORME COMPLETO 📓
REGISTRO Y ETIQUETA ENERGÉTICA ANTE LA JUNTA DE ANDALUCIA 🕵‍
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- Si lo desea, el Certificado Energético se le enviará por email 📭 en formato digital en archivos PDF, con nuestra firma digital reconocida y regulada por la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, y expedida por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM).

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Bonificación en el IBI para las casas que ahorren energía

09 octubre 2015


El Ministerio de Hacienda ha decidido crear una rebaja energética del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para aquellas viviendas, locales y oficinas más eficientes en el ahorro de energía. Esta nueva bonificación de IBI nace a través de una enmienda introducida a última hora en el Senado en la tramitación de la ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para los próximos años por parte del Gobierno actual, que cuenta para su aprobación con la buena predisposición de otros grupos políticos para ofrecer este tipo de rebajas en el IBI.

Esta medida permitiría a los Ayuntamientos
rebajar este impuesto (IBI) hasta un 20%, para los inmuebles urbanos con un "Certificado de Eficiencia Energética (CEE) Tipo/Letra A". La enmienda modifica por tanto, la ley de 2004 de Haciendas Locales.

 
La bonificación va disminuyendo a medida que lo hace también la calificación energética del inmueble:

Será de hasta un 16% al Certificado Energético Tipo/Letra B, del hasta el 12% al C, de hasta el 8% al D, y finalmente de hasta el 4% al E. Se prohíbe la bonificación a quienes no puedan acreditar nada mejor que F y G o, simplemente, no cuentan con certificado.

Fuente: Ministerio de Hacienda


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